Reclamación de una ocupante lesionada

La Audiencia Provincial de Baleares en su sentencia de 18 de Junio de 2015, ha declarado inexistente el litisconsorcio pasivo necesario en la reclamación de una ocupante lesionada contra el vehículo contrario y no contra el conductor y la aseguradora del vehículo en el que viajaba,  por considerar que se tratar de responsabilidad extracontractual.