El Real Decreto 933/2021, que establece nuevas obligaciones de registro documental e información para hoteles, agencias de viaje y empresas de alquiler de vehículos, ha entrado en vigor este 2 de diciembre. Aunque el objetivo es reforzar la seguridad ciudadana, la medida ha desatado críticas por parte del sector turístico y defensores de la privacidad. A continuación, te explicamos las claves de esta normativa, las críticas que ha generado y cómo afecta tanto a las empresas como a los clientes.
¿Qué establece el Real Decreto 933/2021?
Impacto en el sector turístico. La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) ha señalado que esta normativa:
La nueva normativa exige que las empresas recopilen, registren y comuniquen numerosos datos de los clientes, todo ello en plazos ajustados y mediante sistemas informáticos. Este nivel de detalle supone una carga administrativa significativa, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (Pymes) con recursos humanos y tecnológicos limitados.
Además, las empresas que no cuenten con sistemas informatizados robustos se verán obligadas a invertir en software o servicios de gestión, aumentando la complejidad de sus operaciones diarias.
El almacenamiento y transmisión de datos personales sensibles, como documentos de identidad y métodos de pago, ha suscitado preocupación entre defensores de la privacidad. Aunque la normativa se justifica en aras de la seguridad ciudadana, algunos expertos advierten sobre un posible conflicto con los derechos fundamentales de privacidad.
La centralización de estos datos en sistemas del Ministerio del Interior, junto con la posibilidad de interconexión con otras bases policiales, también plantea el riesgo de un uso indebido de la información o de filtraciones en caso de ciberataques.
Para cumplir con las nuevas exigencias, muchas empresas tendrán que realizar inversiones adicionales en formación de personal, tecnología y procedimientos de cumplimiento normativo. Esto podría elevar significativamente los costos operativos, especialmente para negocios pequeños o de gestión familiar.
Estas subidas de costes podrían trasladarse a los clientes en forma de precios más altos, encareciendo servicios como hospedajes turísticos y alquileres de vehículos.
Las Pymes, que representan una parte considerable del sector turístico y de alquiler de vehículos, son particularmente vulnerables a los cambios regulatorios. Con plantillas reducidas y márgenes de beneficio ajustados, estas empresas enfrentan dificultades para adaptarse rápidamente a las nuevas exigencias.
El incumplimiento de las obligaciones previstas en el decreto conlleva sanciones económicas severas, con multas que pueden llegar hasta los 30.000 euros. Esto no solo pone en riesgo la viabilidad de pequeños negocios, sino que podría llevar al cierre definitivo de muchos de ellos.
¿Es efectiva esta medida?
Aunque el Gobierno defiende la norma como esencial para mejorar la seguridad, expertos legales y defensores de la privacidad cuestionan su compatibilidad con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE. Además, el riesgo de ciberataques y brechas de datos preocupa a muchos ciudadanos.
El nuevo registro de viajeros supone un cambio significativo en el sector turístico y de alquiler de vehículos, con implicaciones que van desde el aumento de la carga administrativa hasta la posible vulneración de derechos de privacidad. Mientras el Gobierno apuesta por la seguridad, las críticas apuntan a los desafíos prácticos y legales que trae consigo esta medida. La reciente normativa regulada por el Real Decreto 933/2021 establece una serie de obligaciones de registro documental e información para las personas físicas o jurídicas que operen, de manera profesional o no, en actividades relacionadas con el hospedaje y el alquiler de vehículos sin conductor. Estas medidas tienen como objetivo fortalecer la seguridad ciudadana mediante un control más riguroso de estas actividades.
La normativa es de aplicación en todo el territorio nacional y abarca tanto a quienes ejerzan estas actividades de forma profesional como a aquellos que lo hagan de manera ocasional o no profesional. Esto incluye desde grandes cadenas hoteleras hasta pequeños alojamientos rurales, así como empresas de alquiler de vehículos y operadores digitales.
Entre los principales sujetos afectados por esta normativa se encuentran:
- Establecimientos de hospedaje tradicionales: hoteles, hostales, campings y otros similares.
- Plataformas digitales como Airbnb, que actúan como intermediarios en actividades de hospedaje.
- Empresas de alquiler de vehículos sin conductor, incluyendo intermediarios y plataformas en línea.
Las entidades obligadas deben recopilar y registrar una serie de datos personales de los usuarios, entre los que se incluyen:
- Identificación personal: nombre completo, número de DNI o pasaporte, fecha de nacimiento.
- Datos de contacto: dirección y número de teléfono.
- Detalles financieros: información del método de pago utilizado.
Esta información deberá ser registrada en un sistema informático y conservada durante un periodo de tres años, garantizando su acceso a las autoridades competentes para fines de seguridad y prevención de delitos.
La normativa supone un esfuerzo adicional para garantizar el cumplimiento de las obligaciones legales, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (pymes). Sin embargo, busca equilibrar este impacto con los beneficios derivados de una mayor seguridad y transparencia en actividades de alto impacto social.
Obligaciones principales que establece el Nuevo Registro de Viajeros para Hoteles
1 Registro y conservación de datos:
- Los datos recopilados deben registrarse en un sistema informático.
- Se conservarán durante tres años desde la finalización del servicio.
- Los establecimientos no profesionales solo están obligados a comunicar los datos, no a conservarlos.
2 Firma y autenticidad:
- Los huéspedes mayores de 14 años deben firmar los registros al acceder al servicio.
- Los datos deben coincidir con los documentos de identidad exhibidos.
3 Transmisión de datos:
- Los datos deben comunicarse a las autoridades dentro de las 24 horas siguientes a la reserva o al inicio del servicio.
- El procedimiento se realizará de forma telemática, excepto para hospedajes no profesionales.
4 Sanciones:
- Infracciones graves como la omisión del registro pueden acarrear multas severas.
- Errores en la cumplimentación de los datos se consideran faltas leves.
¿Qué implica la nueva normativa?
El Ministerio del Interior ha puesto en marcha SES.Hospedajes, una aplicación diseñada para gestionar el registro de datos en cumplimiento del Real Decreto 933/2021. Este sistema tiene como objetivo principal facilitar la comunicación de información entre las empresas del sector de hospedaje y alquiler de vehículos sin conductor y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, fortaleciendo la lucha contra delitos graves como el terrorismo y el crimen organizado.
Según lo estipulado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), las empresas están obligadas a registrar hasta 18 datos personales de los clientes y 10 datos adicionales sobre sus operaciones comerciales. Esta información será almacenada en bases de datos gestionadas por el Ministerio del Interior y compartida con las autoridades pertinentes para mejorar la capacidad de prevención, detección e investigación de actividades ilícitas.
SES.Hospedajes se integra como un elemento crucial en la digitalización de los procesos de seguridad y refuerza la colaboración entre el sector privado y las fuerzas de seguridad. Al permitir la interconexión con otras bases de datos policiales, esta herramienta busca optimizar la prevención de amenazas y garantizar una respuesta más eficiente ante posibles riesgos para la seguridad pública.
Impacto en el sector turístico. La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) ha señalado que esta normativa:
La nueva normativa exige que las empresas recopilen, registren y comuniquen numerosos datos de los clientes, todo ello en plazos ajustados y mediante sistemas informáticos. Este nivel de detalle supone una carga administrativa significativa, especialmente para las pequeñas y medianas empresas (Pymes) con recursos humanos y tecnológicos limitados.
Además, las empresas que no cuenten con sistemas informatizados robustos se verán obligadas a invertir en software o servicios de gestión, aumentando la complejidad de sus operaciones diarias.
El almacenamiento y transmisión de datos personales sensibles, como documentos de identidad y métodos de pago, ha suscitado preocupación entre defensores de la privacidad. Aunque la normativa se justifica en aras de la seguridad ciudadana, algunos expertos advierten sobre un posible conflicto con los derechos fundamentales de privacidad.
La centralización de estos datos en sistemas del Ministerio del Interior, junto con la posibilidad de interconexión con otras bases policiales, también plantea el riesgo de un uso indebido de la información o de filtraciones en caso de ciberataques.
Para cumplir con las nuevas exigencias, muchas empresas tendrán que realizar inversiones adicionales en formación de personal, tecnología y procedimientos de cumplimiento normativo. Esto podría elevar significativamente los costos operativos, especialmente para negocios pequeños o de gestión familiar.
Estas subidas de costes podrían trasladarse a los clientes en forma de precios más altos, encareciendo servicios como hospedajes turísticos y alquileres de vehículos.
Las Pymes, que representan una parte considerable del sector turístico y de alquiler de vehículos, son particularmente vulnerables a los cambios regulatorios. Con plantillas reducidas y márgenes de beneficio ajustados, estas empresas enfrentan dificultades para adaptarse rápidamente a las nuevas exigencias.
El incumplimiento de las obligaciones previstas en el decreto conlleva sanciones económicas severas, con multas que pueden llegar hasta los 30.000 euros. Esto no solo pone en riesgo la viabilidad de pequeños negocios, sino que podría llevar al cierre definitivo de muchos de ellos.
¿Es efectiva esta medida?
Aunque el Gobierno defiende la norma como esencial para mejorar la seguridad, expertos legales y defensores de la privacidad cuestionan su compatibilidad con el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de la UE. Además, el riesgo de ciberataques y brechas de datos preocupa a muchos ciudadanos.
El nuevo registro de viajeros supone un cambio significativo en el sector turístico y de alquiler de vehículos, con implicaciones que van desde el aumento de la carga administrativa hasta la posible vulneración de derechos de privacidad. Mientras el Gobierno apuesta por la seguridad, las críticas apuntan a los desafíos prácticos y legales que trae consigo esta medida.
Datos obligatorios que deben proporcionar los viajeros al Nuevo Registro de Viajeros para Hoteles:
1. Nombre completo y apellidos.
2. Sexo.
3. Número y tipo de documento de identidad (DNI, pasaporte, TIE).
4. Nacionalidad.
5. Fecha y lugar de nacimiento.
6. Dirección de residencia habitual.
7. Teléfono fijo y móvil.
8. Correo electrónico.
9. Relación de parentesco (en caso de menores).
10. Datos del medio de pago, incluyendo titular y fecha de caducidad.
Datos que deben registrar las empresas:
1. Nombre y datos fiscales de la empresa.
2. Dirección completa del establecimiento.
3. Detalles de las habitaciones.
4. Conexión a internet (sí/no).