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La Fórmula de Balthazar

Secuelas concurrentes: La Formula de Balthazar abogado para accidente de trafico en granada indemnizacionEn el nuevo sistema de valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráfico establecido en la Ley 35/2015, se ha recogido expresamente la conocida Fórmula de Balthazar para correcto el cálculo de la puntuación por secuelas, para caso de que un lesionado en accidente de circulación, una vez finalizado el periodo de curación, presente diversas secuelas concurrentes.

Regulación

La conocida La Fórmula de Balthazar está recogida en el Capítulo II de la Ley 35/2015 – Reglas para la valoración del daño corporal, Sección 2.ª Indemnizaciones por secuelas, Subsección 1.ª Perjuicio personal básico (Disposiciones relativas a la tabla 2.A), concretamente en el Articulo 98, que dispone:

Artículo 98. Secuelas concurrentes.

  1. En el caso de concurrencia de secuelas derivadas del mismo accidente, la puntuación final del perjuicio psicofísico es la resultante de aplicar la fórmula: 

[[(100 – M) x m] / 100] + M

Donde “M” es la puntuación de la secuela mayor y “m” la puntuación de la secuela menor.

2. De ser las secuelas más de dos, para el uso de la expresada fórmula se parte de la secuela de mayor puntuación y las operaciones se realizan en orden inverso a su importancia. Los cálculos sucesivos se realizan con la indicada fórmula, correspondiendo el término “M” a la puntuación resultante de la operación inmediatamente anterior.

3. Si, al efectuarse los cálculos, se obtienen fracciones decimales, el resultado de cada operación se redondea a la unidad más alta.

4. La puntuación final obtenida se lleva a la tabla 2.A.2 para fijar el valor económico del perjuicio psicofísico en función de la edad del lesionado de acuerdo con lo previsto en el artículo 104.4.

Jurisprudencia

El Tribunal Supremo ha indicado en reiteradas ocasiones la forma correcta de aplicar la La Fórmula de Balthazar cuando hay secuelas concurrentes, así lo ha expresado en la Sentencia de 12 de julio de 2013, Sentencia 15 de julio de 2013 y Sentencia 29 de noviembre de 2013.

En concreto la Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de julio de 2013, declara:

«…En el caso presente, partiendo de la fórmula legal prevista para las secuelas concurrentes [ [(100-M) x m] /100 ] +M], donde «M» equivale a la secuela con puntuación de mayor valor y «m» a la secuela con puntuación de menor valor; de modo que el valor resultante de la primera operación debe integrar el valor «M» en la segunda y sucesivas – sin que la puntuación total pueda exceder de 100 puntos- y donde la correspondiente a los perjuicios estéticos debe sumarse aritméticamente a la puntuación resultante de las incapacidades permanentes,…»

Recuerda así mismo el Tribunal Supremo que el perjuicio estético tiene que ser valorado por separado y sumado aritméticamente a la puntuación que resulte de la aplicación de la La Fórmula de Balthazar a las incapacidades permanentes.

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