El art. 110 de la Ley 35/2015 de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
La legislación española reconoce el impacto emocional y práctico que puede tener el cuidado de un familiar gravemente lesionado en la vida de sus familiares. El Artículo 110 de la Ley 35/2015 establece una compensación económica para aquellos familiares que ven alterada su calidad de vida debido al cuidado constante de un familiar que ha perdido su autonomía, su propósito es resarcir el daño moral y la carga que recae en los familiares de los grandes lesionados
Qué es el Perjuicio Moral por Pérdida de Calidad de Vida en Familiares de Grandes Lesionados
El perjuicio moral en este contexto se refiere a la alteración sustancial de la vida cotidiana de los familiares que deben prestar cuidados constantes a un lesionado. Este derecho de compensación surge en situaciones donde el lesionado ha sufrido una pérdida de autonomía personal significativa, por lo que no puede realizar actividades esenciales sin asistencia. Los familiares que se ven afectados emocional y físicamente por este rol de cuidadores, son compensados por el tiempo, el esfuerzo, y el desgaste emocional que esta responsabilidad implica.
¿Cuándo procede la Indemnización por Perjuicio Moral?
La indemnización está diseñada para situaciones excepcionales, donde el lesionado presenta secuelas graves que afectan significativamente su capacidad de vida independiente. Según el Artículo 110, para acceder a esta compensación es necesario que:
- El lesionado haya perdido su capacidad para realizar casi todas las actividades diarias esenciales.
- Las secuelas del lesionado sean muy graves y alcancen al menos ochenta puntos en la tabla de valoración, lo que demuestra la necesidad de asistencia continua.
Este derecho a compensación surge solo en casos de gran dependencia y de necesidad de cuidados intensivos, excluyendo lesiones menos severas.
Cómo se Calcula la Indemnización por Perjuicio Moral en Familiares
La ley establece una horquilla indemnizatoria, que define un mínimo y un máximo en euros para calcular la cantidad para reclamar. En este caso, la Tabla 2.B del sistema legal indica que el rango de indemnización varía entre 37.064,58 € hasta 179.145,45 (baremo 2024). El cálculo específico depende de varios factores:
- Dedicación al cuidado: el tiempo y el esfuerzo que el familiar debe dedicar a las atenciones diarias del lesionado.
- Alteración en la vida del familiar: la magnitud del cambio en la calidad de vida del familiar que presta los cuidados.
- Edad del lesionado: en general, la juventud del lesionado puede incrementar la cantidad, ya que se estima un periodo de atención más prolongado.
Quién Puede Reclamar esta Indemnización
Es importante destacar que el lesionado es el único que puede solicitar la indemnización perjuicio moral por pérdida de calidad de vida en familiares de grandes lesionados, aunque esta esté destinada a resarcir a sus familiares. Esto significa que la indemnización debe destinarse específicamente a compensar a aquellos familiares afectados por la situación. De esta manera, la legislación protege los derechos tanto del lesionado como de sus familiares, asegurando que los recursos se utilicen para aliviar las cargas adicionales que los familiares enfrentan.
En conclusión, el Artículo 110 representa un avance significativo en el derecho de indemnización, ya que reconoce no solo el daño físico del lesionado, sino también el impacto en la vida de sus familiares. Este artículo, al contemplar una compensación para quienes sacrifican parte de su calidad de vida para cuidar de un familiar, se convierte en una herramienta importante para proteger sus derechos y ofrecer un resarcimiento justo. La ley establece criterios claros y un marco económico que facilita la reclamación y distribución de esta indemnización, asegurando que los familiares de grandes lesionados reciban la compensación adecuada en función del sacrificio y esfuerzo realizado.