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Entran en vigor las nuevos limites de velocidad en ciudad

nuevos limites de velocidad en ciudad sergio ferrer molina abogado para la reclamación indemnización lesiones accidente de traficoHoy 11 de mayo de 2021 entra en vigor la modificación del Reglamento General de Circulación, que se hizo oficial el 11 de noviembre de 2020, con la publicación en el BOE del Real Decreto 970/2020, por tanto entran en vigor las nuevos limites de velocidad en ciudad.

Con la publicación en el BOE del Real Decreto 970/2020 se ha modificado el articulo 50 Reglamento General de Circulación, que establece los limites de velocidad en vías urbanas y travesías, de este modo a partir de hoy estos son los nuevos límites de velocidad:

Artículo 50 Límites de velocidad en vías urbanas y travesías

  1. El límite genérico de velocidad en vías urbanas será de:

a) 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera

b) 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación

c) 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación

Como es lógico, el incumplimiento lleva aparejada su correspondiente sanción económica e incluso pérdida de puntos del permiso de conducir

Tabla de sanciones

Límite permitido 20 Km/h
Entre 21 Km/h a 40 Km/h 100 euros sin puntos
Entre 41 Km/h a 50 Km/h 300 euros y 2 puntos
Entre 51 Km/h a 60 Km/h 400 euros y 4 puntos
Entre 61 Km/h a 70 Km/h 500 euros y 6 puntos
A partir de 71 Km/h 600 euros y 6 puntos

 

Límite permitido 30 Km/h
Entre 31 Km/h a 50 Km/h 100 euros sin puntos
Entre 51 Km/h a 60 Km/h 300 euros y 2 puntos
Entre 61 Km/h a 70 Km/h 400 euros y 4 puntos
Entre 71 Km/h a 80 Km/h 500 euros y 6 puntos
A partir de 81 Km/h 600 euros y 6 puntos

 

Límite permitido 50 Km/h
Entre 51 Km/h a 70 Km/h 100 euros sin puntos
Entre 71 Km/h a 80 Km/h 300 euros y 2 puntos
Entre 81 Km/h a 90 Km/h 400 euros y 4 puntos
Entre 91 Km/h a 100 Km/h 500 euros y 6 puntos
A partir de 101 Km/h 600 euros y 6 puntos

 

Abogado especialista en reclamación de indemnización por Accidente de Tráfico

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