Hoy 11 de mayo de 2021 entra en vigor la modificación del Reglamento General de Circulación, que se hizo oficial el 11 de noviembre de 2020, con la publicación en el BOE del Real Decreto 970/2020, por tanto entran en vigor las nuevos limites de velocidad en ciudad.
Con la publicación en el BOE del Real Decreto 970/2020 se ha modificado el articulo 50 Reglamento General de Circulación, que establece los limites de velocidad en vías urbanas y travesías, de este modo a partir de hoy estos son los nuevos límites de velocidad:
Artículo 50 Límites de velocidad en vías urbanas y travesías
- El límite genérico de velocidad en vías urbanas será de:
a) 20 km/h en vías que dispongan de plataforma única de calzada y acera
b) 30 km/h en vías de un único carril por sentido de circulación
c) 50 km/h en vías de dos o más carriles por sentido de circulación
Como es lógico, el incumplimiento lleva aparejada su correspondiente sanción económica e incluso pérdida de puntos del permiso de conducir
Tabla de sanciones
Límite permitido 20 Km/h | |
Entre 21 Km/h a 40 Km/h | 100 euros sin puntos |
Entre 41 Km/h a 50 Km/h | 300 euros y 2 puntos |
Entre 51 Km/h a 60 Km/h | 400 euros y 4 puntos |
Entre 61 Km/h a 70 Km/h | 500 euros y 6 puntos |
A partir de 71 Km/h | 600 euros y 6 puntos |
Límite permitido 30 Km/h | |
Entre 31 Km/h a 50 Km/h | 100 euros sin puntos |
Entre 51 Km/h a 60 Km/h | 300 euros y 2 puntos |
Entre 61 Km/h a 70 Km/h | 400 euros y 4 puntos |
Entre 71 Km/h a 80 Km/h | 500 euros y 6 puntos |
A partir de 81 Km/h | 600 euros y 6 puntos |
Límite permitido 50 Km/h | |
Entre 51 Km/h a 70 Km/h | 100 euros sin puntos |
Entre 71 Km/h a 80 Km/h | 300 euros y 2 puntos |
Entre 81 Km/h a 90 Km/h | 400 euros y 4 puntos |
Entre 91 Km/h a 100 Km/h | 500 euros y 6 puntos |
A partir de 101 Km/h | 600 euros y 6 puntos |