Eficacia probatoria limitada de los Informes de Biomecánica

Eficacia probatoria limitada de los Informes de Biomecánica abogado accidente trafico granada indemnización La Audiencia Provincial de Asturias en su sentencia de 28 de abril de 2017, ha venido a unirse a las numerosas Audiencias Provinciales que estiman una eficacia probatoria limitada de los informes de biomecánica, y no los consideran por tanto suficientes a la hora de negar la relación de causalidad entre un accidente de tráfico por alcance de baja intensidad y existencia de lesiones.

En el caso enjuiciado la Audiencia Provincial de Asturias resolvió el recurso de apelación presentado por los lesionados en un accidente de tráfico contra la sentencia de primera instancia que, de acuerdo a un informe de biomecánica no consideraba acreditado el nexo causal entre las lesiones reclamadas y el accidente, por lo cual dictó sentencia que desestimaba la demanda presentada por éstos en reclamación de la indemnización por sus lesiones, contra el responsable del siniestro y su aseguradora.

Durante la practica de la prueba en plenario, quedaron acreditados los siguientes extremos: a) la existencia del accidente, b) la responsabilidad de la conductora causante y c) la existencia de lesiones que fueron diagnosticadas por facultativos de la sanidad pública, quienes además prescribieron tratamiento a los lesionados al objetivar las lesiones padecidas en el accidente, concretamente, cervicalgia postraumática, indicando además la necesidad de realizar rehabilitación.

Teniendo en cuenta estos extremos probados, la Audiencia Provincial de Asturias estimó parcialmente el recurso de apelación al considerar que los facultativos de la sanidad pública no dudaron en diagnosticar las lesiones padecidas por los actores, y considerarlas como lesiones derivadas de un accidente de tráfico, pautando incluso la necesidad de tratamiento rehabilitador.

Existente relación de causalidad entre accidente y lesiones tras colisión por alcance de baja intensidad.

Por lo tanto la Sala considerando que el criterio de intensidad es uno más de los criterios de causalidad establecidos en el Art. 135.1 de la Ley 35/2015, éste debe ser tomado en consideración junto con los demás criterios de imputación objetiva, cronológico, topográfico y de exclusión, para fijar el nexo causal entre accidente y lesiones, y así pues estimó que el informe de biomecánica aportado los autos por aseguradora demandada, no posee eficacia probatoria suficiente para desvirtuar el valor probatorio de los distintos informes médicos de la sanidad pública, que evidencia que la colisión, aun siendo leve produjo las lesiones.

Art. 135.1 Ley 35/2015:

a) De exclusión, que consiste en que no medie otra causa que justifique totalmente la patología.

 

b) Cronológico, que consiste en que la sintomatología aparezca en tiempo médicamente explicable. En particular, tiene especial relevancia a efectos de este criterio que se hayan manifestado los síntomas dentro de las setenta y dos horas posteriores al accidente o que el lesionado haya sido objeto de atención médica en este plazo.

 

c) Topográfico, que consiste en que haya una relación entre la zona corporal afectada por el accidente y la lesión sufrida, salvo que una explicación patogénica justifique lo contrario.

 

d) De intensidad, que consiste en la adecuación entre la lesión sufrida y el mecanismo de su producción, teniendo en cuenta la intensidad del accidente y las demás variables que afectan a la probabilidad de su existencia…

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