El Tribunal Supremo aclara el cálculo de la indemnización cuando la víctima fallece tras la estabilización de las lesiones
Accidente de tráfico y fallecimiento posterior: cómo calcular la indemnización según el Tribunal Supremo, esta cuestión ha sido abordada de forma clara por el Tribunal Supremo en su Sentencia nº 69/2025, de 14 de enero, que establece un criterio relevante en materia de responsabilidad civil y seguros, con importantes consecuencias prácticas tanto para las aseguradoras como para los herederos del perjudicado.
El caso analizado por el Tribunal Supremo
¿Se pierde el derecho a la indemnización si fallece el lesionado?
El papel del artículo 45 del TRLRCSCVM
Criterios para calcular la indemnización tras el fallecimiento
La STS 69/2025 fija un método claro para el cálculo de la indemnización que corresponde a los herederos:
- Daño inmediato: se reconoce un 15 % del perjuicio personal básico derivado de las secuelas.
- Resto del perjuicio personal básico y lucro cesante: se calcula de forma proporcional al tiempo transcurrido entre la estabilización de las lesiones y el fallecimiento.
- Se descarta cualquier cálculo basado en años de vida hipotéticos que el lesionado no llegó a disfrutar.
Este enfoque supone una corrección relevante respecto de interpretaciones anteriores más favorables a cálculos basados en expectativas vitales teóricas.
Importancia práctica de esta sentencia
- Aporta seguridad jurídica sobre cómo actuar en procedimientos en curso cuando fallece el lesionado.
- Limita indemnizaciones basadas en proyecciones futuras irreales.
- Refuerza la aplicación estricta del baremo legal y del artículo 45 TRLRCSCVM.
- Obliga a herederos y profesionales jurídicos a recalcular correctamente las cantidades reclamables.
En definitiva, la muerte del lesionado, aunque no elimina el derecho a la indemnización, sí modifica sustancialmente su cuantía.
Sergio Ferrer Molina

